Dr. Juan Jos茅 Borr谩s Valls 1, 2聽 Dra. Mar铆a P茅rez Conchillo 2
Presidente del Comit茅 de Derechos Sexuales de la WAS (World Association for Sexology),
2 Directores del Instituto de Sexolog铆a, Psicolog铆a y Medicina Espill, Valencia Spain. Presidentes de Honor de la Federaci贸n Espa帽ola de Sociedades de sexolog铆a (FESS)聽 www.abcsexologia.com; www.espill.org
Traducci贸n al espa帽ol de art铆culo publicado por Borr谩s y P茅rez en la Revista: Seksualnost: Univerzalno Ljudsko Pravo. REC 鈥 Casopis za knjizevnost i kulturu, i drustvena pitanja. 67/13, pp 117-124. 2002
聽
Cuando en 1995 la WAS nos encomend贸 la organizaci贸n del XIIIth World Congress of Sexology, comenzamos a pensar en cual deb铆a ser el lema del congreso, un lema que reflejara alg煤n aspecto actual de la sexolog铆a mundial. No pudimos evitar ser impactados por las constantes noticias que nos llegaban sobre el conflicto b茅lico en los Balcanes. Como europeos nos sent铆amos especialmente impresionados y dolidos. Como sex贸logos, entre otras atrocidades, nos alarmaba que una vez m谩s en la historia de la humanidad, la violencia sexual, fuera utilizada como arma de guerra. Era noticia constante la violaci贸n de mujeres y ni帽os, en el coraz贸n de Europa, a tan solo dos horas de vuelo desde Valencia. Tuvimos claro que el lema del congreso deb铆a ser 鈥淪exuality and Human Rights鈥. Para nosotros es especialmente grato, una suerte de restituci贸n hist贸rica el poder hoy dirigirnos a la poblaci贸n de la antigua Yugoslavia en paz y por medio del magazine Rec hablar sobre la sexualidad como derecho humano universal.
Del 25 al 29 de Junio de 1997, con la participaci贸n de delegados de 60 pa铆ses, 聽se celebr贸 en Valencia (Espa帽a) el XIIIth World Congress of Sexology, con el lema Sexualidad y Derechos Humanos. El Congreso aprob贸 la Declaraci贸n de Valencia de los Derechos Sexuales (Cuadro 1) que ha sido celebrada y reproducida por numerosas publicaciones cient铆ficas y sociales. Esta declaraci贸n se instituy贸 en documento base sobre el que se prepar贸 la Declaration of Sexual Rights que fue aprobada por la Asamblea de la Asociaci贸n Mundial de Sexolog铆a (WAS) en el XIV Congreso Mundial de Sexolog铆a (Hong Kong, 1999). Asimismo, la Declaraci贸n de los Derechos Sexuales ha constituido uno de los elementos quiciales para la elaboraci贸n del nuevo documento sobre Salud Sexual por un comit茅 de expertos de la OMS (La Antigua, Guatemala, mayo 2000).
El 10 de diciembre de 1998, se conmemor贸 el 50 aniversario de la Declaraci贸n Universal de los Derechos Humanos. Desgraciadamente esta declaraci贸n no se ha convertido en el ente maduro y fuerte que por su edad podr铆amos esperar. Los derechos humanos son todav铆a tan fr谩giles, que en algunos pa铆ses apenas se sostienen; mientras que en otros todav铆a no han visto la luz. A pesar de este panorama, la World Association for Sexology (WAS) ha querido enriquecer esta Declaraci贸n a帽adiendo unos derechos espec铆ficamente sexuales. Un acuerdo com煤n que recogen los documentos que han servido de base para nuestra Declaraci贸n, es el reconocimiento espec铆fico de los derechos sexuales como derechos humanosy los afirman como una parte inalienable, integral e indivisible de los derechos humanos universales.
En la esencia de los聽 Derechos sexuales est谩 la definici贸n de salud sexual tal y como fue propuesta por la Organizaci贸n Mundial de la Salud en 1975: “Salud sexual es la integraci贸n de los elementos som谩ticos, emocionales, intelectuales y sociales del ser sexual por medios que sean positivamente enriquecedores y que potencien la personalidad, la comunicaci贸n y el amor (…) tal noci贸n de la salud sexual supone la adopci贸n de un criterio positivo respecto de la sexualidad humana; la finalidad de la asistencia prestada en ese sector debe ser el disfrute intensificado de la vida y de las relaciones personales y no meramente el asesoramiento y la asistencia relacionados con la procreaci贸n o las enfermedades de transmisi贸n sexual (…) una concepci贸n que contemple la sexualidad como una capacidad inherente al ser humano, que se expresa a lo largo del ciclo vital, respetuosa con las variantes sexuales existentes, rechazando cualquier conducta sexual que venga impuesta por la coacci贸n, sea f铆sica, legal, moral o ps铆quica鈥. (OMS, 1975).
Quiz谩 desde nuestra confortable Uni贸n Europea, que aparece como el adalid del bienestar y las libertades, podemos creer que este tema nos es ajeno y que lo tenemos superado, pero no podemos olvidar, que todav铆a seguimos encontr谩ndonos en las p谩ginas de los diarios, noticias sobre mujeres v铆ctimas de la violencia de g茅nero; y la incomprensi贸n hacia las personas con orientaci贸n homosexual sigue siendo m谩s frecuente de lo que podr铆amos suponer. El derecho a la informaci贸n y la educaci贸n sexual, por otra parte, todav铆a no ha encontrado una m铆nima implantaci贸n.
En otros pa铆ses miembros de la Asociaci贸n Mundial de Sexolog铆a (WAS) como China, los Derechos Humanos son innombrables y cualquier referencia a estos no s贸lo no es comprendida,聽 sino que puede ser duramente castigada. As铆, la WAS, tiene como uno de sus fines prioritarios promover y defender los derechos sexuales en todo el mundo especialmente en los pa铆ses m谩s desfavorecidos.
El desarrollo sostenible y equitativo demanda que toda persona pueda tener control sobre su vida sexual. Los derechos sexuales son b谩sicos para el desarrollo, y por tanto su desatenci贸n provoca muchos de los problemas considerados urgentes por la comunidad internacional, entre los que destacamos la violencia; el abuso sexual y la violaci贸n de mujeres, ni帽os y ni帽as; el sida; el embarazo de adolescentes; la mortalidad materna; el abandono de ni帽os; las pr谩cticas da帽inas como la mutilaci贸n genital femenina; el crecimiento demogr谩fico; y la violaci贸n de derechos humanos fundamentales y la dignidad humana como el derecho a la seguridad y a la libertad e integridad personales, puestos de manifiesto en los 煤ltimos conflictos b茅licos e inter茅tnicos.
Del mismo modo, la comunidad internacional reconoce la violencia contra la mujer como una violaci贸n de los derechos humanos que le impide gozar de sus libertades fundamentales y como una manifestaci贸n de la desigualdad de las relaciones de poder entre hombres y mujeres, sustent谩ndose en el modelo androc茅ntrico. El descuido de los derechos sexuales de la mujer se debe a la discriminaci贸n basada en el g茅nero producto de normas socioculturales, que las considera subordinadas y dependientes del hombre en la vida p煤blica y privada; esta situaci贸n limita tambi茅n las oportunidades que tienen los varones de disfrutar de algunos aspectos como: las relaciones personales y con su pareja, la vida familiar y la crianza de los hijos. La discriminaci贸n contra la mujer comienza desde las primeras fases de la vida y debe ser, por tanto, afrontada desde ese momento.
La salud sexual persigue el bienestar personal y la mejor铆a de las relaciones interpersonales, por ello los servicios de salud sexual no deben estar exclusivamente basados en el asesoramiento y atenci贸n de los aspectos reproductivos y enfermedades de transmisi贸n sexual. La salud sexual es un estado general de bienestar f铆sico, mental y social y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias. Las personas tienen capacidad para disfrutar de una vida sexual satisfactoria y sin riesgos. De tener la libertad para procrear o no, de cuando hacerlo y con qu茅 frecuencia. Todo hombre y toda mujer tienen derecho a acceder a la informaci贸n y a m茅todos seguros, eficaces y asequibles para regular su fecundidad, evitando riesgos.
Casi la mitad de la poblaci贸n mundial tiene menos de 20 a帽os de edad, siendo este sector el m谩s propenso a padecer problemas de salud sexual. Los datos apuntan que m谩s de 15 millones de mujeres entre 15 y 19 a帽os dan a luz anualmente y 5 millones abortan; que un 5% de adolescentes sufre una enfermedad de transmisi贸n sexual, registr谩ndose las tasas m谩s elevadas entre los j贸venes que tienen entre 15 y 24 a帽os y tambi茅n en esta franja de edad se dan m谩s de la mitad de nuevas infecciones por el VIH en muchos pa铆ses en desarrollo.
Cada a帽o aparecen m谩s de 300 millones de nuevos casos de enfermedades de transmisi贸n sexual. Es necesario facilitar un acceso universal a servicios econ贸micos de prevenci贸n, garantizando una inversi贸n adecuada para programas multisectoriales, potenciando las t茅cnicas de sexo seguro y eliminando la discriminaci贸n hacia las personas infectadas. Asimismo habr铆a que establecer servicios de orientaci贸n sobre el sida y las enfermedades de transmisi贸n sexual en el sistema de Atenci贸n Primaria de la Salud, facilitando los medios y medicamentos para su prevenci贸n y/o curaci贸n.
En cuanto a las mujeres, m谩s de medio mill贸n mueren anualmente por causas relacionadas con el embarazo, muchas de ellas debido a los 20 millones de abortos en malas condiciones practicados cada a帽o, los cuales provocan tambi茅n millones de mujeres discapacitadas. Reconocemos de esta forma que los abortos practicados en malas condiciones son un grave problema de salud p煤blica, por tanto resulta prioritaria la prevenci贸n del embarazo no deseado mediante un mayor acceso a informaci贸n y servicios de planificaci贸n que garanticen igualmente las debidas condiciones sanitarias cuando la mujer ha tomado la decisi贸n de abortar.
Tambi茅n creemos conveniente resaltar el derecho a la libre decisi贸n contra medidas coercitivas como la esterilizaci贸n forzosa, los abortos y la contracepci贸n forzosos, que violan los derechos de las personas usuarias. As铆 como el derecho a la propia elecci贸n de maternidad y paternidad.
Adem谩s, cada a帽o m谩s de 2 millones de ni帽as sufren mutilaci贸n genital. Se estima que existen m谩s de 140 millones de mujeres que han sufrido esa terrible y macabra pr谩ctica. Adem谩s, este sector de la poblaci贸n, especialmente las ni帽as y adolescentes, es el m谩s vulnerable a violaciones, abusos y explotaciones sexuales.
En definitiva “鈥 Es necesario cambiar el actual paradigma social de los sexos y dar paso a una nueva generaci贸n de hombres y mujeres que luchen juntos para crear un orden mundial m谩s humano” (Jefes de Estado, Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social, 1995).
Desgraciadamente estas declaraciones de principios no germinan como nos gustar铆a y, en demasiadas ocasiones, se quedan en frases rimbombantes sin ning煤n contenido pr谩ctico聽 por lo que la Asociaci贸n Mundial de Sexolog铆a (WAS) seguir谩 en su empe帽o de promover los Derechos Sexuales y la Salud Sexual en todo el mundo.
Documentos consultados
Conferencia Internacional sobre la Poblaci贸n y el Desarrollo. El Cairo, 1994.
Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Viena, 1993.
Convenci贸n sobre la Eliminaci贸n de Todas las Formas de Discriminaci贸n Contra la Mujer. 1979.
Convenci贸n sobre los Derechos del Ni帽o. 1989.
Declaraci贸n sobre la Eliminaci贸n de la Violencia contra la Mujer. 1994.
Family Care International.
III Conferencia Mundial sobre la Mujer. Nairobi, 1985.
IV Conferencia Mundial sobre la Mujer. Pek铆n, 1995.
Jefes de Estado, Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social. Programa de Acci贸n, p谩rrafo 7. Copenhague, 1995.
Organizaci贸n Mundial de la Salud (OMS) La Educaci贸n y聽 el Tratamiento En Sexualidad Humana: La聽 Capacitaci贸n De los Profesionales de la Salud. Informe T茅cnico 572. Ginebra, 1975.
Organizaci贸n Mundial de la Salud. Ginebra, 1975.
INFORMACI脫N Y CONTACTO
Instituto de psicologia y sexologia Espill
www.espill.org